El pasado 11 de diciembre la Corte Suprema de Justicia ha emitido el Acuerdo y Sentencia Nº 1723 que hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad solicitada por un total de 76 entidades Cooperativas, en contra del Art. 1º de la Ley Nº 5501/15, dejando sin efecto la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los créditos otorgados a sus asociados. Se ha instalado cierta confusión entre los cooperativistas acerca del alcance que tiene el acuerdo y sentencia dictado por la máxima autoridad judicial de nuestro país, generando en el sector varias interrogantes tales como ¿ya no debo pagar el IVA de mi crédito? ¿me devolverán el IVA ya abonado? que los socios no tardaron en hacerles llegar a sus entidades cooperativas. Es entendible esta preocupación predominante de los socios considerando que son los verdaderos afectados en el pago de este impuesto, pues al gravarse sobre las operaciones de créditos están obligados a abonar un 10% adicional sobre su préstamo.