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Inconstitucionalidad declarada

 
 
 

El pasado 11 de diciembre la Corte Suprema de Justicia ha emitido el Acuerdo y Senten­cia Nº 1723 que hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad solicitada por un total de 76 en­tidades Cooperativas, en contra del Art. 1º de la Ley Nº 5501/15, dejando sin efecto la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los créditos otorgados a sus asociados. Se ha instalado cierta confusión entre los coo­perativistas acerca del alcance que tiene el acuerdo y sentencia dictado por la máxima auto­ridad judicial de nuestro país, generando en el sector varias interrogantes tales como ¿ya no debo pagar el IVA de mi cré­dito? ¿me devolverán el IVA ya abonado? que los socios no tar­daron en hacerles llegar a sus entidades cooperativas. Es en­tendible esta preocupación pre­dominante de los socios consi­derando que son los verdaderos afectados en el pago de este impuesto, pues al gravarse so­bre las operaciones de créditos están obligados a abonar un 10% adicional sobre su préstamo.




 

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