Independientemente de que nunca sabremos, siquiera con aproximación, cuántas viviendas se necesitan en el Paraguay para a achicar el déficit habitacional, es de la más absoluta lógica que una institución como el Banco Nacional de Fomento (BNF) tome las riendas y salga a ofrecer productos financieros en esa línea. El BNF tiene, entre sus competencias, la misión de conceder préstamos para la adquisición, construcción o refacción de viviendas según reza su carta orgánica reformada en mayo de 2017. Antes, en 2016, el Gobierno ya había promulgado una ley caratulada como “de fomento de la vivienda y el desarrollo urbano” que coincide claramente con los estatutos del banco al promover “el acceso a una vivienda digna, de categoría económica y en zonas urbanas, mediante un sistema de financiamiento orientado a familias de ingresos medios”. La ley dice aún más: “Establecer zonas o emprendimientos prioritarios para recuperar la funcionalidad del parque habitacional, restaurar edificaciones, optimizar el uso adecuado de lotes baldíos y aumentar la densidad poblacional de los barrios que cuentan con servicios y equipamiento urbano”. La ley, como se ve, cubre cualquiera de los ángulos desde los cuales se aborde el tema de la vivienda propia.