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Ni tanto ni tan poco: La devolución del IVA a la industria sojera

 
 
 

No es un pasaje al paraíso ni un descenso a los infiernos: Desde la pasada Navidad, la exportación de harina y aceite de soja tiene derecho a recuperar todo el IVA. Eso, más que calificaciones, requiere acciones por parte de los agroindustriales. Identificar, evaluar y aprovechar las oportunidades son las características más señaladas de los buenos empresarios.
Los distintos actores del negocio sojero tienen que hacer su jugada…
El pasado 26 de diciembre de 2017 la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia a través del Acuerdo y Sentencia N° 1.794 (el “Acuerdo”) reconoció a determinados contribuyentes agroindustriales el derecho de recuperar el 100% del IVA vinculado-directa o indirectamente a la producción harina y aceite de soja.
La Administración Tributaria dejará de recaudar cerca de 26 millones de dólares por año, pero ganamos en certeza jurídica y previsibilidad. Los Agroindustriales podrán recibir estos millones de dólares en devolución de créditos, para aumentar sus ganancias o mejorar el valor de compra a los productores primarios o acopiadores. El exportador de materia prima tiene los deberes de reinventarse, y prepararse para un eventual aumento de la agro-industrialización.
Llevar adelante una exposición objetiva de los efectos del Acuerdo y no perdernos en una maraña confusa de criterios técnicos que cada una de las partes exponen, es un desafío clave cuando hay “millones” de razones. 
AGROINDUSTRIAL
El sector agroindustrial tendrá una mejora sustancial en la competitividad gracias al 100% del IVA que le será devuelto por el Fisco, y que podrá aprovechar porque:
Podrá mejorar la oferta a nivel de precio de compra a los productores o pequeños/medianos acopiadores, y asegurarse la mejor calidad de la soja. Lo anterior, le permitirá un mejor rendimiento en términos de producción.
Podrá comprar al nivel general de precios de mercado, y en ese caso aumentar su nivel de ganancias anuales. El 50% del IVA que anteriormente era un costo o gasto soportado por el sector agroindustrial, con este cambio al disminuir el costo se aumentará la rentabilidad, por lo que deberíamos ver, un aumento de la contribución del Impuesto a la Renta. (Teóricamente).
Lo que podríamos ver en los próximos años es el aumento de las inversiones en la ampliación de las fábricas, o la instalación de nuevas fábricas para el procesamiento de la soja.
INTERMEDIARIOS
Los intermediarios o “Traders”, que sólo pueden recuperar el 50% del IVA vinculado a la compra de los granos que exportan en estado natural, ven con preocupación la competencia que podría generarse entre los precios que son capaces de pagar frente a los agroindustriales que tienen un margen de aproximadamente US$ 7 por tonelada como elemento de negociación.
Sin embargo, a corto plazo esto no debería ser una preocupación ya que la agroindustria no es capaz de absorber el 100% de la producción nacional de soja. Recordemos que la capacidad de procesamiento de la soja en Paraguay es de aproximadamente el 40% de la producción nacional, en tanto que operativamente las fábricas trabajan aproximadamente al 80% de su capacidad, en otras palabras, en lo que podrían verse resentidos en competitividad es en aproximadamente 800.000 toneladas de soja.
Por todo lo dicho, hoy los traders tienen como mínimo un mercado de 6.000.000 de toneladas de soja en los que aún pueden ser competitivos, pero requerirá de sus Directivos un agudo análisis del futuro ante un hipotético avance de una mayor industrialización de la soja. El camino podría ser invertir para “industrializar” y obtener el reconocimiento de la inconstitucionalidad de la norma jurídica.
PRODUCTOR
El productor es el que podría salir mejor parado de toda esta discusión. Tendría mejores ofertas por sus granos, afortunadamente para él la competencia entre la gran cantidad de jugadores en el mercado le favorece no solo a nivel de precio de venta de sus productos, sino también en asistencia técnica, créditos en productos, o en la financiación que están dispuestos a ofrecer los Traders y/o Agroindustriales para quedarse con el preciado oro verde.
Este equilibrio de mercado es una herramienta valiosa, es de suponer que el deseo de los productores sea que: tantas alternativas se mantengan a lo largo del tiempo y que la mejor oferta de hoy no se convierta en la única oferta del mañana.
ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
No es la primera vez que una normativa del Ministerio de Hacienda es atacada por desear lo que la ley no quiere. La zozobra jurídica devenida de abrogar la ley a través de Decretos o peor aún, con Resoluciones o formularios impositivos, encuentra consuelo con la desafectación del IVA a las cooperativas; el rechazo generalizado a la limitación de las deducciones de inversiones en el IRP; y, como broche de oro, el Acuerdo.
La única vía para crear un impuesto es la Ley, no una reglamentación. El único órgano capaz de interpretar/entender las leyes, el Poder Judicial, nos está diciendo cómo actuar en estos casos, pero a pesar de esto la SET persiste en la práctica de respaldar sus actos en Decretos contradictorios a la Ley.
El Decreto 1029/13 atacado de inconstitucional, posibilitó a la SET recaudar en el 2017 cerca de 26 millones de dólares de IVA proveniente sólo del sector agroindustrial en el 2017, obviamente para la SET resentir este ingreso tributario es “inaceptable”. Pero recaudar dinero en base a forzados criterios técnicos no convierte la recaudación en “aceptable” equidad tributaria.
La Administración Tributaria debería considerar seriamente una revisión exhaustiva de sus actos administrativos, además de mostrarse abierta a las impugnaciones de los contribuyentes. Mejor aún, debería revisar de oficio sus propios errores. Estos errores no los pagan los Administradores de turno, los pagamos, tarde o temprano, todos los contribuyentes. La Ley es la única vía para obtener ingresos genuinos y perdurables para el Estado.
Finalmente, también la SET debe jugar bien las fichas. Con la eventual dinamización, el mercado, generando más ganancias, derivaría en el incremento del impuesto a la renta. En consecuencia, la economía se formalizará porque, finalmente, el reconocimiento de la devolución del IVA a la exportación supone que los operadores cuenten con los documentos fiscales que respalden cada transacción.




 

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