Según la Resolución N° 4 aprobada por el directorio del Banco Central del Paraguay BCP, se suprimió el término de “Cargo por Mora” del Reglamento de Principios Básicos Y Criterios para el Cobro de Comisiones, Gastos y Penalidades, imposibilitando a los bancos y financieras a que transfieran a los clientes los costos de seguimiento por incumplimiento, como llamadas telefónicas y notas de reclamo solicitando el pago de deudas.