De esta manera, a partir del 01 de mayo de 2021 conforme a lo dispuesto en el Decreto N° 5087/2021, estas citadas instituciones deberán retener el 100% del IVA en carácter de pago único y definitivo a las personas físicas contratadas por ellas, cuando no sean profesionales, no se encuentren inscriptas en el Registro Único del Contribuyente (RUC) y siempre que éstas opten por este mecanismo de pago.
Análisis Macro
Gobernaciones y municipios pasan a ser agentes de retención del IVA
La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó que el Poder Ejecutivo designó a las Gobernaciones y Municipalidades como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la adquisición de bienes o servicios gravados por el citado impuesto de sus proveedores contribuyentes, domiciliados en el país.