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Columnas

La obligación del tomador o asegurado

El contrato de seguro, como todo contrato, se presenta con obligaciones reciprocas entre asegurado y asegurador. El seguro constituye una operación donde el asegurado “cede” su riesgo al asegurador.

 
 
 

Su intención es mantener indemnizado su patrimonio ante eventuales riesgos provocados por circunstancias derivadas de la conducta humana como los accidentes, el robo o hurto, o de la naturaleza misma como el caso de los fenómenos climatológicos. El asegurador “acepta” a cambio de una “prima” asume los riesgos porque posee los elementos técnicos/actuariales y la condición financiera para enfrentarlos.




 

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